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Comprensión del Régimen de Beneficiarios finales en las BVI

24 Mar 2025
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Las obligaciones de presentación de información sobre los beneficiarios finales para empresas y sociedades limitadas en las Islas Vírgenes Británicas (BVI) han sido revisadas con efecto a partir del 2 de enero de 2025.

Es importante destacar que las principales obligaciones recaen sobre la entidad, por lo que las entidades y sus directores o socios generales deben conocer sus responsabilidades, ya que las posibles sanciones por incumplimiento son significativas. Las entidades están obligadas a identificar a sus beneficiarios finales e informar esta información a su agente de registro.

Anteriormente, todas las empresas y sociedades limitadas registradas en las BVI estaban obligadas a informar a su agente de registro sobre sus beneficiarios finales para su posterior inclusión en una base de datos central segura. Este sistema ha sido reemplazado por un nuevo requisito de presentar los detalles de los beneficiarios finales ante el Registro de Asuntos Corporativos.

Para respaldar el registro de beneficiarios finales, todas las empresas de las BVI están obligadas a presentar registros de directores y accionistas, y todas las sociedades limitadas de las BVI deben presentar su registro de socios generales y limitados. Estos registros deben presentarse dentro de los 30 días posteriores a la constitución para garantizar el cumplimiento. No cumplir con este plazo puede resultar en sanciones por presentación tardía o incumplimiento.

Ciertas categorías de fondos de inversión y empresas cotizadas (y sus subsidiarias) están exentas de presentar los registros completos. En su lugar, las entidades exentas deben presentar detalles sobre su estado de exención al Registro (ver más abajo).

Esta guía describe el contexto de estas actualizaciones regulatorias, detalla las nuevas obligaciones de presentación para empresas y sociedades limitadas, explica las exenciones disponibles para ciertas entidades y proporciona orientación sobre el proceso de presentación.

¿Quién es un beneficiario final (BO)?

La definición de beneficiario final está establecida en la sección 2 de la Ley de Sociedades Comerciales de BVI de 2004 (Act) como:

"una persona natural que en última instancia posee o controla una empresa o sociedad limitada e incluye, en el caso de una persona jurídica distinta a una empresa cuyas acciones estén listadas en una bolsa de valores reconocida, a una persona natural que:"

  • Sujeto a la sección 96A(11), posee o controla, directa o indirectamente, el 10% o más de las acciones o derechos de voto en la persona jurídica.
  • Tiene el derecho, directo o indirecto, de nombrar o destituir a la mayoría de los directores de la junta directiva ("board of directors") de la persona jurídica.
  • De otro modo, ejerce control sobre la gestión de la persona jurídica.

Las Regulaciones de Beneficiarios finales proporcionan más orientación, indicando que se debe considerar el nivel de derechos ejercidos por la persona. Los beneficiarios finales por medio de control deben ser presentados cuando una persona, directa o indirectamente:

  1. Controle el 10% o más de los derechos de voto o equivalentes de una entidad legal.
  2. Controle el 10% o más del capital o las ganancias de una sociedad.
  3. Tenga derecho a nombrar o destituir a la mayoría de la junta directiva (u órgano de gestión equivalente) que posea la mayoría de los derechos de voto en todos o prácticamente todos los asuntos.
  4. Tenga derecho a ejercer una influencia significativa sobre las actividades de la entidad legal.

El sistema VIRRGIN ha establecido las siguientes subcategorías para clasificar el control:

  • Poder para nombrar o destituir a la mayoría de la alta gerencia.
  • Poder para nombrar o destituir directores.
  • Poder para nombrar o destituir socios.
  • Control a través de instrumentos de deuda.
  • Poder para dirigir o vetar decisiones de inversión.
  • Poder para dirigir o vetar la distribución de beneficios.

Cuando se presenta la información, se debe especificar el porcentaje exacto de interés en términos de propiedad y derechos de voto.

Si una entidad no puede identificar a una persona que posea un 10% de participación (en acciones o derechos de voto) o que de otro modo ejerza control, la entidad deberá identificar a un Senior Managing Official.

¿Qué entidades están exentas?

Las obligaciones de identificación y reporte de información sobre la beneficiarios finales se aplican a todas las entidades, aunque existen ciertas exenciones. Sin embargo, estas exenciones no eliminan completamente la obligación de presentación, sino que requieren que la entidad presente información básica sobre su estado de exención.

Las entidades exentas incluyen:

  • Empresas cuyas acciones estén listadas en bolsas de valores reconocidas.
  • Fondos de inversión regulados en las BVI (fondos privados, profesionales, públicos, de inversión privada, incubadora y aprobados), siempre que:
    • La información sea mantenida por un administrador de fondos regulado en las BVI, un representante autorizado o una persona con licencia de la FSC con presencia física en las BVI.
    • La información pueda proporcionarse en un plazo de 24 horas.
  • Empresas cuyos accionistas sean fideicomisarios con licencia bajo la Ley de Bancos y Compañías Fiduciarias de 1990.
  • Entidades sujetas a normas internacionales de divulgación y transparencia equivalentes a las de empresas listadas o fondos regulados.
  • Empresas que sean propiedad en un 75% o más de otra entidad legal que ya cumpla con los requisitos de presentación o califique para una exención.

Las entidades exentas también deben presentar una declaración de exención con respecto al registro de miembros o al registro de socios limitados. No obstante, las exenciones no se aplican a la presentación de registros de directores o socios generales.

Fideicomisarios Extranjeros

El régimen de beneficiarios finales en las BVI hace una distinción entre fideicomisarios de las BVI y fideicomisarios extranjeros. Bajo el marco anterior (BOSS), los fideicomisarios extranjeros regulados estaban exentos de los requisitos de presentación. Sin embargo, bajo el nuevo régimen, esta exención ha sido eliminada.

Ahora, se debe presentar información completa sobre la beneficiarios finales ante el Registro para cualquier fideicomiso administrado por un fideicomisario extranjero regulado.

Los siguientes individuos deben ser declarados como propietarios beneficiarios de un fideicomiso:

  • Fideicomisario (Trustee): Si el fideicomisario es una entidad corporativa, se deben registrar sus propietarios beneficiarios o, en ausencia de estos, un oficial de gestión superior.
  • Settlor.
  • Protector (si lo hubiera): Si es una entidad corporativa, se deben registrar sus propietarios beneficiarios o un oficial de gestión superior.
  • Beneficiarios con derechos adquiridos.
  • Cualquier otra persona que ejerza control sobre el fideicomiso.

¿Qué información se registra?

Personas físicas:

  • Nombre legal completo (y nombres anteriores/alias)Dirección residencial principal

  • Fecha y lugar de nacimiento (país)

  • Nacionalidad

  • Ocupación (solo para beneficiarios finales)

  • Género (solo para beneficiarios finales)

  • Fecha en que se convirtió en beneficiario final

  • Naturaleza de la propiedad y/o control

Personas jurídicas – tenga en cuenta que solo se aceptan propietarios corporativos cuando son "Propietarios Exentos" (consulte nuestra guía adicional sobre Exenciones vs Propietarios Exentos):

  • Nombre de la entidad

  • Número de registro

  • Dirección de la oficina registrada

  • Fecha en que se convirtió en beneficiario final

  • Naturaleza de la propiedad y/o control

El agente registrado debe verificar que toda la información esté completa, correcta y actualizada antes de poder presentar los registros en el registro oficial.

¿Cómo se accede a la información?accessible?

El Gobierno de las Islas Vírgenes Británicas (BVI, por sus siglas en inglés) y los entes reguladores son plenamente conscientes de que, para muchos usuarios, la cuestión de quién tendrá acceso a la información sobre beneficiarios finales y qué información podrán consultar es sumamente relevante. Este tema ha sido objeto de una consulta pública que finalizó el 14 de marzo de 2025. Estamos a la espera del resultado de dicha consulta para poder confirmar los detalles específicos.

El Gobierno de las BVI y la Comisión de Servicios Financieros (FSC) han dejado claro, en numerosos foros, que las BVI no implementarán un registro totalmente público de beneficiarios finales hasta que dichos registros se conviertan en un estándar global. La consulta se centra en permitir el acceso a cierta información sobre intereses beneficiarios almacenada en VIRRGIN, únicamente a personas que puedan demostrar un “interés legítimo” (por ejemplo, en relación con la lucha contra delitos financieros).

Algunos otros Territorios de Ultramar del Reino Unido, como Bermudas y las Islas Caimán, han asumido compromisos similares y se encuentran en distintas etapas del proceso legislativo. Si la legislación final se ajusta a los principios establecidos en el documento de consulta, se espera que las BVI mantengan una alineación regulatoria cercana con Caimán y Bermudas.

Toda la información registrada en el registro es accesible para las Autoridades Competentes y cuerpos de seguridad, tal como ocurría bajo el sistema BOSS anterior.

Es importante señalar que no habrá acceso por interés legítimo hasta que finalice la consulta y se aprueben los Reglamentos correspondientes. Según los compromisos asumidos por BVI, Bermudas y Caimán ante el Reino Unido, se espera que la legislación final esté lista para abril/mayo, y que la implementación ocurra antes de finales de junio.

Adicionalmente, los nombres de directores y socios generales están disponibles públicamente mediante una búsqueda especial en el Registro, con un costo adicional. Los nombres de accionistas y socios limitados no están disponibles al público y solo pueden ser solicitados por el agente registrado, autoridades competentes o cuerpos de seguridad.

Si tienes preguntas o necesitas ayuda para identificar a tus beneficiarios finales, no dudes en contactarnos.